Objetivo General
Facilitar dispositivos de apoyo temporalmente a los socios para contribuir al mantenimiento o mejoramiento de su salud física por prescripción de un especialista. (Médico traumatólogo, médico rehabilitador o rehabilitador físico.)
Objetivos Específicos
- Asignar recursos financieros para adquirir 1 dispositivo de ayuda tal como: sillas de ruedas, bastones, andaderas, muletas, camas de uso hospitalario, colchones de agua, órtesis, entre otras.
- Promover el estado óptimo de la salud física para los socios que se encuentren en condiciones de estado de postración y por rehabilitación física por una discapacidad física temporal o definitiva, en términos de deficiencias, limitaciones en las actividades y restricciones en la participación.
- Contribuir a la economía familiar de los socios para la obtención temporal o definitiva de dispositivos de apoyo.
ㅤㅤㅤㅤㅤㅤLineamientos
El servicio de préstamo temporal de dispositivos de apoyo se ofrecerá a los socios de la SCCF que se encuentran en condición de estado de postración y por rehabilitación física por una discapacidad física, temporal o definitiva, por un plazo máximo de tres meses. Al término de este, los socios deberán devolverlo. En casos extraordinarios con la debida justificación, el préstamo de los dispositivos de apoyo podrá ampliarse hasta por tres meses adicionales. De extenderse el plazo reglamentario, el socio podrá adquirirlo definitivamente bajo otras modalidades.
Este servicio de préstamo estará sujeto a la disponibilidad de los dispositivos de apoyo que tenga la SCCF de la Sección 54 del SNTE.
1. Acreditar una afiliación mínima de tres meses.
2. No registrar atrasos por quincenas en sus préstamos adquiridos en la SCCF de la Sección 54 del SNTE.
3. Presentar la solicitud dirigida al consejo de Administración de la SCCF.
4. Adjuntar la constancia médica del especialista que prescribe el dispositivo de ayuda.
Lineamientos
El servicio de préstamo temporal de dispositivos de apoyo se ofrecerá a los socios de la SCCF que se encuentran en condición de estado de postración y por rehabilitación física por una discapacidad física, temporal o definitiva, por un plazo máximo de tres meses. Al término de este, los socios deberán devolverlo. En casos extraordinarios con la debida justificación, el préstamo de los dispositivos de apoyo podrá ampliarse hasta por tres meses adicionales. De extenderse el plazo reglamentario, el socio podrá adquirirlo definitivamente bajo otras modalidades. e tenga la SCCF de la Sección 54 del SNTE.
Este servicio de préstamo estará sujeto a la disponibilidad de los dispositivos de apoyo que tenga la SCCF de la Sección 54 del SNTE.
1. Acreditar una afiliación mínima de tres meses.
2. No registrar atrasos por quincenas en sus préstamos adquiridos en la SCCF de la Sección 54 del SNTE.
3. Presentar la solicitud dirigida al consejo de Administración de la SCCF.
4. Adjuntar la constancia médica del especialista que prescribe el dispositivo de ayuda.
CONVOCATORIA DISPOSITIVOS DE APOYO.jpg
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FORMATO DE SOLICITUD DE PRÉSTAMO TEMPORAL DE DISPOSITIVOS DE APOYO
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