El servicio de préstamo temporal de dispositivos de apoyo se ofrecerá a los socios de la SCCF que se encuentran en condición de estado de postración y por rehabilitación física por una discapacidad física, temporal o definitiva, por un plazo máximo de tres meses. Al término de este, los socios deberán devolverlo. En casos extraordinarios con la debida justificación, el préstamo de los dispositivos de apoyo podrá ampliarse hasta por tres meses adicionales. De extenderse el plazo reglamentario, el socio podrá adquirirlo definitivamente bajo otras modalidades.
1. Acreditar una afiliación mínima de tres meses.
2. No registrar atrasos por quincenas en sus préstamos adquiridos en la SCCF de la Sección 54 del SNTE.
3. Presentar la solicitud dirigida al consejo de Administración de la SCCF.
4. Adjuntar la constancia médica del especialista que prescribe el dispositivo de ayuda.