Programa de Auxilio Solidario por Pacientes Hospitalarios
Los Estatutos Sociales de la Sociedad Cooperativa de Consumo Familiar de la Sección 54 del SNTE en sus cláusulas 10, 13 y 14; y en el Artículo 57 de la Ley General de Sociedades Cooperativas obligan a constituir un fondo social denominado Fondo de Previsión Social considerando reservas económicas para prestaciones de previsión social, estando condiciones de financiar el “Programa de Auxilio Solidario por Pacientes Hospitalarios’’ aprobado por el Consejo de Administración en Sesión Ordinaria celebrada el 11 de diciembre de 2023.
Los Estatutos Sociales de la Sociedad Cooperativa de Consumo Familiar de la Sección 54 del SNTE en sus cláusulas 10, 13 y 14; y en el Artículo 57 de la Ley General de Sociedades Cooperativas obligan a constituir un fondo social denominado Fondo de Previsión Social considerando reservas económicas para prestaciones de previsión social, estando condiciones de financiar el “Programa de Auxilio Solidario por Pacientes Hospitalarios’’ aprobado por el Consejo de Administración en Sesión Ordinaria celebrada el 11 de diciembre de 2023.
Objetivo General
Ayudar solidariamente a los Socios de SCCF, con referencia de paciente a una unidad hospitalaria y que no tienen condiciones económicas suficientes o con problemas de su estancia en la localidad.
Objetivos Específicos
- Apoyar al acompañante del paciente referenciado a hospitalización por el ISSSTESON, el cual puede ser el socio o familiar del mismo, brindando facilidades para su alimentación y hospedaje; o viáticos según sea el caso.
- Fomentar los Principios del Cooperativismo entre los socios.
ㅤㅤㅤㅤLineamientos Generales
- Las ayudas para apoyar al acompañante del paciente hospitalizado, el cual puede ser el socio o familiar del mismo, con estancia en Hermosillo serán sobre alimentación y hospedaje, en convenio de Cooperativa con el SIOA y la Unidad Social de la Sección 54 del SNTE.
- El apoyo al acompañante del paciente hospitalizado referenciado fuera del estado, el cual puede ser el socio o familiar del mismo, será económico.
- Serán beneficiarios del programa los Socios de SCCF.
Lineamientos Generales
- Las ayudas para apoyar al acompañante del paciente hospitalizado, el cual puede ser el socio o familiar del mismo, con estancia en Hermosillo serán sobre alimentación y hospedaje, en convenio de Cooperativa con el SIOA y la Unidad Social de la Sección 54 del SNTE.
- El apoyo al acompañante del paciente hospitalizado referenciado fuera del estado, el cual puede ser el socio o familiar del mismo, será económico.
- Serán beneficiarios del programa los Socios de SCCF.
Lineamientos
Generales
- Las ayudas para apoyar al acompañante del paciente hospitalizado, el cual puede ser el socio o familiar del mismo, con estancia en Hermosillo serán sobre alimentación y hospedaje, en convenio de Cooperativa con el SIOA y la Unidad Social de la Sección 54 del SNTE.
- El apoyo al acompañante del paciente hospitalizado referenciado fuera del estado, el cual puede ser el socio o familiar del mismo, será económico.
- Serán beneficiarios del programa los Socios de SCCF.
Lineamientos Específicos
Ayudas y Montos
- De las ayudas para acompañante foráneo con estancia en Hermosillo:
Consistirán en proveer diario desayuno y comida en las instalaciones habilitadas por el SIOA y hospedaje en las instalaciones habilitadas por la Unidad Social de la Sección 54 del SNTE, todo ello durante la permanencia del paciente hospitalizado.
- Del monto para acompañantes de pacientes referidos a unidades hospitalarias de tercer nivel fuera del estado:
Será económico y la cuota diaria se autorizará anualmente por el Consejo de Administración.
Requisitos
- Acreditar afiliación como Socio de SCCF, en la Coordinación de Servicios Societarios.
- Referencia de ISSSTESON de paciente al Hospital Dr. Ignacio Chávez o a Unidades Hospitalarias de Tercer Nivel fuera del Estado.
- Llenar la Solicitud de Apoyo para Acompañantes.
- Copia del último talón de cheque.
Procesos Administrativos
- El Socio llenará el formato de solicitud para el Programa de Ayuda Solidaria para Pacientes Hospitalizados, la cual será autorizada por el Coordinador General de Programas de Previsión Social de SCCF una vez verificada su condición económica y problemática de estancia en la localidad, con el visto bueno del Presidente del Consejo de Administración.
- El Presupuesto Anual será de $500,000.00.
- Se finalizará la recepción de solicitudes cuando se agote la disponibilidad del recurso.
De la recepción de solicitudes
- La recepción de solicitudes de candidatos a beneficiarios se recibirá en la Coordinación General de Programas de Previsión Social.
- El programa iniciará operaciones a partir del 1ro de Marzo de 2024.
Transitorios
Los casos no previstos en las presentes Reglas de Operación, serán resueltos por el Consejo de Administración de SCCF, a propuesta del Coordinador General de Programas de Previsión Social de SCCF.
Procesos Administrativos
- El Socio llenará el formato de solicitud para el Programa de Ayuda Solidaria para Pacientes Hospitalizados, la cual será autorizada por el Coordinador General de Programas de Previsión Social de SCCF una vez verificada su condición económica y problemática de estancia en la localidad, con el visto bueno del Presidente del Consejo de Administración.
- El Presupuesto Anual será de $500,000.00.
- Se finalizará la recepción de solicitudes cuando se agote la disponibilidad del recurso.
De la recepción de solicitudes
- La recepción de solicitudes de candidatos a beneficiarios se recibirá en la Coordinación General de Programas de Previsión Social.
- El programa iniciará operaciones a partir del 1ro de Marzo de 2024.
Transitorios
Los casos no previstos en las presentes Reglas de Operación, serán resueltos por el Consejo de Administración de SCCF, a propuesta del Coordinador General de Programas de Previsión Social de SCCF.
Procesos Administrativos
- El Socio llenará el formato de solicitud para el Programa de Ayuda Solidaria para Pacientes Hospitalizados, la cual será autorizada por el Coordinador General de Programas de Previsión Social de SCCF una vez verificada su condición económica y problemática de estancia en la localidad, con el visto bueno del Presidente del Consejo de Administración.
- El Presupuesto Anual será de $500,000.00.
- Se finalizará la recepción de solicitudes cuando se agote la disponibilidad del recurso.
De la recepción de solicitudes
- La recepción de solicitudes de candidatos a beneficiarios se recibirá en la Coordinación General de Programas de Previsión Social.
- El programa iniciará operaciones a partir del 1ro de Marzo de 2024.
Transitorios
Los casos no previstos en las presentes Reglas de Operación, serán resueltos por el Consejo de Administración de SCCF, a propuesta del Coordinador General de Programas de Previsión Social de SCCF.
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